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	<title>Comentarios en: Mi viejo amigo de provincias, el señor D&#8217;Hont</title>
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	<description>Independientes siempre, aislados nunca</description>
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		<title>Por: Luisel</title>
		<link>http://www.periodismoindependiente.es/sociedad/viejo-amigo-provincias-senor-dhont/comment-page-1/#comment-6358</link>
		<dc:creator>Luisel</dc:creator>
		<pubDate>Mon, 13 Aug 2012 11:49:11 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Sí, sí, el art. 39. Muy fácil de llevar acabo.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Sí, sí, el art. 39. Muy fácil de llevar acabo.</p>
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		<title>Por: las artes</title>
		<link>http://www.periodismoindependiente.es/sociedad/viejo-amigo-provincias-senor-dhont/comment-page-1/#comment-6324</link>
		<dc:creator>las artes</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 10 Aug 2012 18:13:13 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Art. 38.- Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas. El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio. Art. 39 .- Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa. No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Art. 38.- Los partidos políticos son instituciones fundamentales del sistema democrático. Su creación y el ejercicio de sus actividades son libres dentro del respeto a esta Constitución, la que garantiza su organización y funcionamiento democráticos, la representación de las minorías, la competencia para la postulación de candidatos a cargos públicos electivos, el acceso a la información pública y la difusión de sus ideas. El Estado contribuye al sostenimiento económico de sus actividades y de la capacitación de sus dirigentes. Los partidos políticos deberán dar publicidad del origen y destino de sus fondos y patrimonio. Art. 39 .- Los ciudadanos tienen el derecho de iniciativa para presentar proyectos de ley en la Cámara de Diputados. El Congreso deberá darles expreso tratamiento dentro del término de doce meses. El Congreso, con el voto de la mayoría absoluta de la totalidad de los miembros de cada Cámara, sancionará una ley reglamentaria que no podrá exigir más del tres por ciento del padrón electoral nacional, dentro del cual deberá contemplar una adecuada distribución territorial para suscribir la iniciativa. No serán objeto de iniciativa popular los proyectos referidos a reforma constitucional, tratados internacionales, tributos, presupuesto y materia penal.</p>
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		<title>Por: offshore bank account</title>
		<link>http://www.periodismoindependiente.es/sociedad/viejo-amigo-provincias-senor-dhont/comment-page-1/#comment-6312</link>
		<dc:creator>offshore bank account</dc:creator>
		<pubDate>Thu, 09 Aug 2012 17:40:02 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[Algunos dirigentes de partido y algunos politólogos afirman que después del 1977 y 1988 hay una transición a la democracia porque se presentan dos rasgos en el sistema electoral: la alternancia y la mayor competitividad en las elecciones. Pero esto no pasa de ser una ilusión. Ante la pérdida de la identidad de los partidos que arriba mencionamos, no hay verdadera pluralidad entre ellos; por tanto, un cambio de partidos no significa el cambio en los objetivos ni en la forma de hacer política. La alternancia empezó por los municipios, luego en los estados y últimamente en la presidencia de la república, y los objetivos y las formas de esos gobiernos no es diferente. Hay alternancia sin pluralidad. Hay un dato muy revelador de este proceso: desde 1946 al 2010 la abstención crece o la participación electoral disminuye de manera constante, en una línea que va del 89% al 63%. ¿Porqué, cuando se supone que hay mayor competencia (1994- 2000) es que la abstención crece? La competencia auténtica hace que la participación aumente. Pero este escenario de mayor competencia con disminución de participación, lo que denuncia es que realmente no hay competencia auténtica: competencia entre diferentes. Es la competición entre enemigos gemelos. Para que la competencia sea auténtica, se requiere que preexista pluralidad y para que esta a su vez exista, se requiere que haya diferencia sustancial entre los partidos.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>Algunos dirigentes de partido y algunos politólogos afirman que después del 1977 y 1988 hay una transición a la democracia porque se presentan dos rasgos en el sistema electoral: la alternancia y la mayor competitividad en las elecciones. Pero esto no pasa de ser una ilusión. Ante la pérdida de la identidad de los partidos que arriba mencionamos, no hay verdadera pluralidad entre ellos; por tanto, un cambio de partidos no significa el cambio en los objetivos ni en la forma de hacer política. La alternancia empezó por los municipios, luego en los estados y últimamente en la presidencia de la república, y los objetivos y las formas de esos gobiernos no es diferente. Hay alternancia sin pluralidad. Hay un dato muy revelador de este proceso: desde 1946 al 2010 la abstención crece o la participación electoral disminuye de manera constante, en una línea que va del 89% al 63%. ¿Porqué, cuando se supone que hay mayor competencia (1994- 2000) es que la abstención crece? La competencia auténtica hace que la participación aumente. Pero este escenario de mayor competencia con disminución de participación, lo que denuncia es que realmente no hay competencia auténtica: competencia entre diferentes. Es la competición entre enemigos gemelos. Para que la competencia sea auténtica, se requiere que preexista pluralidad y para que esta a su vez exista, se requiere que haya diferencia sustancial entre los partidos.</p>
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		<title>Por: Mi viejo amigo de provincias, el señor D’Hont</title>
		<link>http://www.periodismoindependiente.es/sociedad/viejo-amigo-provincias-senor-dhont/comment-page-1/#comment-6271</link>
		<dc:creator>Mi viejo amigo de provincias, el señor D’Hont</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 20 Jul 2012 10:46:50 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[[...] &quot;CRITEO-300x250&quot;, 300, 250);         1 meneos    Mi viejo amigo de provincias, el señor D’Hont     www.periodismoindependiente.es/sociedad/viejo-amigo-provi...&#160; por Nick_Paganini hace [...]]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>[...] &quot;CRITEO-300&#215;250&quot;, 300, 250);         1 meneos    Mi viejo amigo de provincias, el señor D’Hont     <a href="http://www.periodismoindependiente.es/sociedad/viejo-amigo-provi...&#038;nbsp" rel="nofollow">http://www.periodismoindependiente.es/sociedad/viejo-amigo-provi&#8230;&#038;nbsp</a>; por Nick_Paganini hace [...]</p>
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		<title>Por: Sugel</title>
		<link>http://www.periodismoindependiente.es/sociedad/viejo-amigo-provincias-senor-dhont/comment-page-1/#comment-6270</link>
		<dc:creator>Sugel</dc:creator>
		<pubDate>Fri, 20 Jul 2012 09:45:41 +0000</pubDate>
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		<description><![CDATA[de esta forma habría que llevar a cabo una serie de decisiones dirigidas a conseguir la funcionalidad de nuestro Estado y a reducir drásticamente el déficit, que comienza a ser enormemente preocupante. Se seguiría la medida que se tomó en agosto para reformar el artículo 135 de la Constitución, pues, según este precedente, habría que adoptar al menos los siguientes puntos, que exigirían la reforma de la Constitución. En primer lugar, habría que agrupar municipios para dotarlos de un gobierno común, que redujese los gastos en cargos y en duplicidades. En segundo lugar, se deberían suprimir las diputaciones provinciales, pues no tienen ningún cometido especial en un Estado autonómico. En tercer lugar, habría que reforzar la unidad de mercado como condición para el crecimiento económico en todo el territorio nacional. En cuarto lugar, habría que establecer una diferencia clara entre las competencias exclusivas y excluyentes del Estado y las de las comunidades. En quinto lugar, habría que llegar a un acuerdo sobre la cuestión de si todas las autonomías mantienen las mismas competencias o, por el contrario, algunas de ellas deben alcanzar un nivel superior. Pero, en cualquier caso, se debe cerrar definitivamente el mapa o diseño del Estado, acabando con la inseguridad jurídica que ha sido típica en estos últimos años y que ha perjudicado tanto la funcionalidad de nuestras instituciones, además de crear la desigualdad entre los españoles. Entonces, y sólo entonces, es cuando se podrá reformar el Senado a la vista del diseño definitivo del Estado, reduciendo el número de senadores, que no deberían de ser más de cuatro o cinco por cada comunidad autónoma, es decir, convirtiendo entonces al Senado en la auténtica Cámara de representación territorial que establece la Constitución.]]></description>
		<content:encoded><![CDATA[<p>de esta forma habría que llevar a cabo una serie de decisiones dirigidas a conseguir la funcionalidad de nuestro Estado y a reducir drásticamente el déficit, que comienza a ser enormemente preocupante. Se seguiría la medida que se tomó en agosto para reformar el artículo 135 de la Constitución, pues, según este precedente, habría que adoptar al menos los siguientes puntos, que exigirían la reforma de la Constitución. En primer lugar, habría que agrupar municipios para dotarlos de un gobierno común, que redujese los gastos en cargos y en duplicidades. En segundo lugar, se deberían suprimir las diputaciones provinciales, pues no tienen ningún cometido especial en un Estado autonómico. En tercer lugar, habría que reforzar la unidad de mercado como condición para el crecimiento económico en todo el territorio nacional. En cuarto lugar, habría que establecer una diferencia clara entre las competencias exclusivas y excluyentes del Estado y las de las comunidades. En quinto lugar, habría que llegar a un acuerdo sobre la cuestión de si todas las autonomías mantienen las mismas competencias o, por el contrario, algunas de ellas deben alcanzar un nivel superior. Pero, en cualquier caso, se debe cerrar definitivamente el mapa o diseño del Estado, acabando con la inseguridad jurídica que ha sido típica en estos últimos años y que ha perjudicado tanto la funcionalidad de nuestras instituciones, además de crear la desigualdad entre los españoles. Entonces, y sólo entonces, es cuando se podrá reformar el Senado a la vista del diseño definitivo del Estado, reduciendo el número de senadores, que no deberían de ser más de cuatro o cinco por cada comunidad autónoma, es decir, convirtiendo entonces al Senado en la auténtica Cámara de representación territorial que establece la Constitución.</p>
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